En los años noventa la intervención estatal en la agricultura latinoamericana se concentró en los programas de titulación de predios, diseñados para promover la seguridad de tenencia y fortalecer los mercados de tierras. Un examen de siete de estos programas sugiere que con frecuencia se diseñaron sin prestar atención suficiente a los códigos civiles y los regímenes matrimoniales que protegen los derechos de propiedad de las mujeres. Muchas veces ignoraron que en un hogar la tierra puede formar parte de tres tipos de propiedad: la de la esposa, del esposo y el patrimonio común. Al presumir que la finca familiar es propiedad del jefe de hogar varón, estos programas irrespetaron los derechos de propiedad de las mujeres. Sin embargo, el porcentaje de beneficiarias mujeres de los programas de titulación de tierras ha sido mucho mayor que el porcentaje de mujeres a quienes se adjudicaron tierras como parte de las reformas agrarias de decenios anteriores. Esto se debe, en parte, a que la principal manera en que las mujeres adquieren tierra es por herencia, y la herencia parece ser más equitativa con relación al género que otras formas de obtener parcelas. También obedece al impacto ejercido por la legislación agraria del período actual, más equitativa en materia de género que, a su vez, fue producto de la influencia del movimiento de mujeres sobre el Estado. |
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Editorial: Humanitas
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