El caso LNP contra Argentina se refiere a la violación de una menor aborigen por parte de 3 jóvenes «criollos» (descendientes de europeos nacidos en Argentina). Habiéndose probado el acceso carnal, una aberrante sentencia absuelve a los imputados en un juicio plagado de irregularidades, prejuicios de género y discriminación étnico racial. INSGENAR (Instituto de Género, Derechos y Desarrollo) y CLADEM denuncian el caso al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Sin que el Comité haya emitido una decisión, el Gobierno nacional y el de la provincia del Chaco han reconocido su responsabilidad por las violaciones de derechos humanos cometidas y han aceptado una agenda de reparación, la cual se está cumpliendo. En el marco de este proceso se ha desarrollado un seminario sobre violencia de género, al que el Superior Tribunal de Justicia del Chaco declaró de obligatoria asistencia para todos los Magistrados y funcionarios del Ministerio Público de la provincia.

¿Qué aprendimos?:

• Exigir a los Estados el reconocimiento de las violaciones de derechos. • Lograr una mesa de diálogo entre las partes y un acuerdo sobre las reparaciones solicitadas por las peticionarias con el objetivo de no tener que esperar el dictamen del Comité para dar cumplimiento a las mismas. • Conformar una Comisión de Seguimiento es fundamental para controlar el cumplimiento sostenido en el tiempo de cada uno de los ítems solicitados, especialmente en los temas relacionados con la garantía de no repetición cuyo cumplimiento es a largo plazo.

Organización:
Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM) Argentina

Contacto:
M. Gabriela Filoni

País:
Argentina

Correo:
[email protected]; [email protected]

 

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